Titulares

domingo, 22 de diciembre de 2019

Ministerio Público logra importante precedente en materia de extinción por caso de homicidio ocurrido en Santiago en el año 2006

Con recurso de casación logra confirmación de sentencia de 30 años de prisión contra hombre acusado de quitarle la vida otro de varios disparos de arma de fuego.
SANTIAGO.- Luego de varios años haciendo extraordinarios esfuerzos en procura de justicia, el Ministerio Público logró que la Suprema Corte de Justicia (SCJ) desistiera de la extinción de la acción penal en un proceso donde fue condenado a la pena máxima de 30 años de prisión Edwin de Jesús Polanco (Cache), acusado del asesinato del joven Pedro Andrés Taveras Izquierdo, en un hecho ocurrido en esta ciudad el 31 de enero del año 2006.
La SCJ adoptó la decisión luego de acoger un recurso de casación incoado por el Ministerio Público. Con este precedente en materia de extinción de la acción penal, la Procuraduría General de la Corte Regional de Santiago, representada por su titular, el magistrado Víctor González, logra una sanción ejemplar en la lucha contra el crimen, mediante la confirmación de la condena a pena máxima dictada en contra del acusado De Jesús Polanco.
El encartado había sido condenado a 30 años de prisión por el Tercer Tribunal Colegiado de Santiago mediante la sentencia No. 150-2010, de fecha 14 de julio de 2010, pero en fecha 6 de diciembre del año 2011, la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santiago, acogiendo un recurso de apelación de la defensa, anuló el proceso y ordenó la realización de un nuevo juicio, según consta en la sentencia No. 0458-2011.
Posteriormente, el Tercer Tribunal Colegiado de Santiago pronunció la extinción del proceso, acogiendo las conclusiones de la defensa, según consta en la sentencia No. 79/2015 del 5 de marzo de 2015. La referida sentencia fue apelada oportunamente por la Fiscalía de Santiago, pero, el recurso fue declarado inadmisible por la Corte de Apelación por Resolución No. 07-700-0065 del 15 de marzo de 2016.
Finalmente, continuando con las acciones para que el hecho no quedara impune,  el Ministerio Público recurrió en casación mediante un recurso incoado por el procurador de corte de apelación Juan Carlos Bircann, alegando que “el fallo es contradictorio con otros precedentes del alto tribunal y que con la modificación hecha al Código Procesal Penal en el año 2015 las cortes de apelación sí tienen competencia para fallar las impugnaciones en materia de extinción de la acción penal”.
La sentencia que acoge el recurso de casación de la Procuraduría General de la Corte Regional de Santiago, mediante el cual se confirmó la pena máxima a dicho encartado, fue dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el 31 de julio de 2019 y notificada en el presente mes al Ministerio Público.
El lamentable hecho criminal se produjo alrededor de las 9:30 de la noche del citado día, cuando el acusado De Jesús Polanco invitó a la víctima a la casa de un amigo de ambos y en el trayecto le propinó dos disparos por la espalda que le provocaron la muerte.

« PREVIO
SIGUIENTE »

No hay comentarios

Publicar un comentario